lunes, 26 de octubre de 2009
Trabajadores de Empresas Públicas vinculadas al Ministerio de Defensa, se ceñirán en cuanto a accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, por la Ley 16.744.
Conforme a la reciente Ley 20.369, los trabajadores de las empresas públicas creadas por ley, que se relacionen con el Gobierno a través del Ministerio de Defensa Nacional, esto es, Fábricas y Maestranzas del Ejército-FAMAE, Astilleros y Maestranzas de la Armada-ASMAR y la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile-ENAER, que presten servicios regidos por el Código del Trabajo y que se encuentren afiliados al sistema previsional, se verán favorecidos con los beneficios de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744), lo mismo en tales materias cuando exista subcontratación. Esta ley será interpretada en forma exclusiva por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
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